Comienza la cuenta atrás para las oposiciones de Justicia: listado provisional admitidos y excluidos. El pasado 27 de febrero, el BOE publicó la relación provisional de personas admitidas y
excluidas en el proceso selectivo para acceso libre de los tres Cuerpos de Justicia. En los siguientes enlaces, podréis comprobar estas listas:

Auxilio Judicial: listado provisional de admitidos y excluidos
Gestión Procesal: listado provisional de admitidos y excluidos
Tramitación Procesal: listado provisional de admitidos y excluidos

Fechas confirmadas: Auxilio Judicial, Gestión Procesal y Tramitación Procesal

En esta última publicación del BOE también se confirman las fechas de exámenes de las oposiciones de Justicia, que ya adelantamos en nuestro blog:
20 de mayo: Auxilio Judicial
21 de mayo: Gestión Procesal
27 de mayo: Tramitación Procesal

El horario y los lugares se indicarán en la orden por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

¿Qué significan las columnas POL y POD en las listas provisionales de oposiciones de Justicia?

En estas listas aparecen dos columnas: POL y POD. La columna de POL aparecerá marcada en aquellos aspirantes que señalaron la opción de acreditar la lengua autonómica en la instancia. La columna de POD aparecerá señalada en aquellos aspirantes que marcaron que acreditarían conocimiento de derecho foral en la instancia. Además, en dichas columnas aparecen la letra R o D. Esto dependerá de la situación del opositor/a: R significa que esa persona marcó en instancia la opción de REALIZAR la correspondiente prueba de idioma o derecho foral que se convocará una vez que se notifique la lista de aprobados. D implica que la persona marcó en la instancia la opción de DOCUMENTAR el conocimiento de la lengua o del derecho foral.

Razones comunes de exclusión y cómo subsanarlas

Si te encuentras en el listado provisional de excluidos, deberías tener en cuenta que te han podido excluir por alguno de estas razones:
A- No presentar modelo de instancia normalizado o no presentarla por vía telemática con las excepciones de la convocatoria.
B- Ausencia de firma en la instancia, o no cumplimentar datos personales esenciales de la instancia.
C- Presentar instancia fuera de plazo o fecha no legible.
D- No abonar tasa de examen, abonar fuera de plazo.
E- Pago insuficiente tasa de examen, o no acreditar exención o reducción.

F- No tener o no acreditar rentas inferiores al salario mínimo interprofesional o no haber sido posible su verificación por la administración.
G- No acreditar condición legal y grado de discapacidad según bases comunes o no haber sido posible su verificación por la administración.
H- No acreditar categoría de familia numerosa que corresponda o no haber sido posible su verificación por la administración.
I- No presentar certificado del servicio público de empleo estatal en los términos de las bases comunes de las convocatorias o no haber sido posible su verificación por la administración.
J- No acreditar condición de víctima de terrorismo y/o parentesco con la misma, según bases comunes de la convocatoria.
K- No tener el título exigido, no especificarlo o no ser equivalente.
L- Haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, no especificar fecha de nacimiento o especificar fecha de nacimiento errónea.
M- Optar por un ámbito, sede de examen o sistema de acceso no convocado, o no especificar ámbito o sede de examen.
N- No tener la nacionalidad española.

La subsanación de instancias, que se debe hacer en la misma web donde se presentó esta, tendrá un plazo de 10 días hábiles a partir del día 28 de febrero de 2023 (día siguiente a la
publicación de los listados en el BOE).

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